Ley Helms Burton

Barceló, Iberostar, Blue Diamond y Accor demandadas por lucro en Cuba

Demandas colectivas en Miami

Publicada 26/06/19
Barceló, Iberostar, Blue Diamond y Accor demandadas por lucro en Cuba

Las cadenas hoteleras españolas Barceló e Iberostar, la canadiense Blue Diamond y la francesa Accor son objeto de demandas colectivas presentadas ante los tribunales de Miami por lucrarse con propiedades expropiadas en Cuba por las autoridades castristas sin compensación alguna a sus dueños.

El despacho de abogados Rivero Mestre LLP de Coral Gales (Miami-Dade) se amparó en el título III de la Ley Helms-Burton para presentar estas cuatro demandas, que también afectan a Trivago GmBh, Expedia y Booking.com por promover los hoteles propiedad del estado cubano que son operados por las cuatro compañías.

Un escueto comunicado de Rivero Mestre LLP señala que las demandas fueron presentadas este lunes, sin especificar a qué propiedades incautadas se refieren estas acciones judiciales.

El mismo despacho ha interpuesto acciones legales contra otras compañías que hacen negocios en Cuba, incluido el grupo Carnival que, antes de que el Gobierno Trump prohibiese los viajes de cruceros a Cuba, tenía barcos que tocaban puertos cubanos regularmente.

Esta y otras demandas similares ya presentadas ante la justicia de Miami son posibles gracias a la entrada en vigor del Título III de la Ley Helms-Burton de 1996.

El título, que entró en vigor el pasado 2 de mayo por decisión del presidente Donald Trump, establece que los ciudadanos estadounidenses que vieron confiscadas sus propiedades en Cuba tras el triunfo de la revolución en 1959 pueden demandar en tribunales de este país a las empresas que estén sacando beneficio de lo incautado, con vistas a obtener compensación económica. Todos los presidentes estadounidenses anteriores a Trump, empezando por Bill Clinton, que firmó la ley Helms-Burton en 1996, dejaron desactivado el título III para no tener problemas en organismos internacionales y otros gobiernos.

El título III establece que si se notifica a la compañía que va a ser demandada treinta días antes de presentar la demanda y ésta no responde cesando las actividades cuestionadas y compensando a los antiguos dueños, se pueden obtener compensaciones por daños mucho mayores. Eso es lo que hizo Rivero Mestre en mayo pasado con el grupo hotelero español Meliá por regentar un hotel en Cienfuegos que perteneció a Antonio Mata Álvarez, de origen asturiano.

En nombre de los herederos de Mata Álvarez, en mayo pasado notificaron a Meliá su intención de demandarla. El plazo de 30 días vence esta semana.

Meliá está además demandada en los tribunales de Palma de Mallorca por los herederos de la familia Sánchez Gil, antigua propietaria de un ingenio de azúcar gigantesco en la provincia cubana de Holguín, con 57 kilómetros de costa, donde hoy se alzan numerosos hoteles pertenecientes a empresas estatales y operados por cadenas europeas y de otras zonas del mundo.

Las cadenas hoteleras españolas que operan en régimen de empresa mixta con más de 60 establecimientos propiedad del Estado cubano están en la mira de familias cubanas a las que la revolución les confiscó propiedades o negocios y se exiliaron en Estados Unidos.

El Gobierno español ha transmitido a los grupos hoteleros presentes en Cuba su apoyo frente a posibles demandas en EE.UU. bajo el título III de la ley Helms-Burton.

La Unión Europea, que considera que esa ley contraviene el derecho internacional, ya adelantó su intención de activar el "estatuto de bloqueo", que prohíbe la aplicación en territorio comunitario de las sentencias en EE.UU. sobre el Título III y permite a los demandados recibir indemnizaciones en cortes europeas.

Según John Kavulich, presidente del Consejo Comercial y Económico EE.UU.-Cuba, las autoridades estadounidenses han "certificado" 5.913 casos de ciudadanos y empresas que pueden acogerse al Título III por un total de 1.900 millones de dólares, que con los intereses desde hace más de 60 años ascenderían a 8.521 millones.

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