Crisis por coronavirus

Aerolíneas Argentinas denunciará penalmente a pasajeros tramposos

Advierten que los llevarán a la Justicia y les prohibirán volar en la compañía por cinco años

Publicada 28/10/20
Aerolíneas Argentinas denunciará penalmente a pasajeros tramposos

Aquellos pasajeros de Aerolíneas Argentinas que eludan controles sanitarios, falsifiquen documentación o intenten viajar con COVID-19 serán denunciados penalmente por la compañía y vetados por cinco años para volar con ella. Así lo advirtió la empresa estatal, luego de algunos casos que se hicieron públicos en las últimas semanas.

Hace apenas una semana, una pasajera se presentó en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, en la Argentina, con un certificado de COVID-19 positivo. No sólo logró pasar los controles aeroportuarios y de la compañía, sino que abordó su vuelo y desembarcó en la ciudad de Ushuaia, en la provincia de Tierra del Fuego. La pasajera le mostró su certificado a los sorprendidos empleados de esa terminal y, desde luego, no fue autorizada a ingresar. Además, no era residente en ese destino ni tampoco pasajera esencial.

Pero hubo un caso más (un pasajero que llegó a Posadas, en Misiones, sin ser testeado y ocultando un positivo de la semana anterior), y los directivos de Aerolíneas Argentinas decidieron abordar el problema y ponerle fin de una manera terminante. A través de su cuenta de Twitter, el presidente de la compañía de bandera argentina, Pablo Ceriani, afirmó: “Hace menos de una semana retomamos la operación regular de Aerolíneas y, aunque parezca difícil de creer, hemos tenido dos casos de pasajeros que se presentaron para volar con certificado de COVID-19 positivo”.

“Todo pasajero que se presente para volar con un certificado COVID-19 positivo o con documentación adulterada para evadir los controles, será denunciado penalmente y no podrá abordar ninguno de los vuelos de Aerolíneas por cinco años”, advirtió el directivo.

Y, en esa misma línea, agregó: “La prohibición de abordar a algunos de nuestros vuelos por cinco años también se le aplicará a aquel pasajero que no cuente con el certificado PCR negativo para ingresar a aquellas provincias que así lo exigen y se niegue a realizar el análisis en el aeropuerto de destino”.

Finalmente, la empresa señaló que es responsabilidad de los pasajeros “presentar la documentación prevista por el artículo 11° del Decreto 792/2020 para trabajadores esenciales o que deban realizar tratamientos médicos, también llamados “de fuerza mayor” y “chequear los requerimientos específicos de cada destino debiendo cumplimentar con dicha normativa como condición de embarque”.

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.