Decreto del Poder Ejecutivo

Estos son los requisitos de Uruguay para viajes de propietarios y familias

Propietarios con certificación notarial por escribano público habilitado en Uruguay, familiares de primer y segundo grado, vacunación, dos PCR y declaración jurada sanitaria.

Publicada 28/08/21 11:34h
Estos son los requisitos de Uruguay para viajes de propietarios y familias

Uruguay/ El presidente Luis Lacalle Pou “se adelantó a la jugada” y publicó esta madrugada el esperado decreto que establece las condiciones que deben cumplir los extranjeros con propiedades en el país para cruzar la frontera a partir del miércoles 1° de septiembre. El ministro de Turismo, Tabaré Viera, había dicho el viernes que la resolución iba a estar recién el lunes 30.

¿Quiénes y en qué condiciones podrán entrar a Uruguay a partir del miércoles 1° de septiembre? Si bien ya había sido adelantado que los propietarios extranjeros de inmuebles en el país y sus familiares directos estaban comprendidos en el primer paso de la gradual apertura de fronteras de Uruguay, ahora los detalles están especificados en el decreto 279/021 de Presidencia, fechado el 26 de agosto de 2021, que modifica el decreto 104/020 del 24 de marzo de 2020.

“Propietarios y titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas y los beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en el país, lo que será acreditado mediante certificación notarial expedida por Escribano Público habilitado en la República Oriental del Uruguay o declaración jurada, podrán ingresar a partir del 1° de setiembre de 2021, y hacerlo acompañados de su cónyuge o concubino y familiares de primer y segundo grado de consanguinidad”, establece el inciso j (ver documento adjunto).

Además, cada persona “deberá acreditar haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna suministrada, contra el virus SARS CoV-2 aprobadas por su país de origen, dentro de los últimos seis meses previos al embarque o arribo al país y cumplido los plazos de espera respectivos para lograr la inmunidad efectiva”.

En el caso de los menores de 18 años de edad, que solo en algunos países están siendo vacunados, “deberán cumplir el aislamiento determinado por las normas sanitarias conjuntamente con su familia”.

A su vez, se solicita presentar un test PCR negativo a COVID-19, el cual deberá ser repetido al séptimo día de su estadía en Uruguay. En ambos casos, el costo del estudio corre por cuenta del pasajero.

En los pasos fronterizos deben entregar un formulario con sus datos y acreditar la propiedad de bienes, así como los lazos familiares en el caso de viajar con otras personas.

¿Cómo debe ser presentada la documentación? Si bien originalmente se proyectaba tramitar todo mediante procedimientos digitales a través de la app Pasaporte.uy, esto aún está por definirse y probablemente sean aceptados los documentos en papel. Este lunes habrá una reunión para informar a Migraciones cómo será el procedimiento.

En su primera actividad pública como ministro de Turismo, este viernes 27, Tabaré Viera había dicho a la prensa que el decreto iba a ser publicado el lunes 30. Pero, como dijeron fuentes del gobierno a HOSTELTUR, el presidente Lacalle Pou “se adelantó a la jugada”.

“Estamos trabajando en los aspectos prácticos que involucran a varios Ministerios, a Migración y Aduanas; seguramente va a venir mucha gente y puede haber alguna demora sobre todo en los puentes internacionales, aunque estamos trabajando para que se haga con la mayor fluidez”, dijo el ministro Viera, en diálogo con HOSTELTUR.

El texto del decreto fue compartido al diario oficialista El País en la noche del viernes -lo publicó este sábado- y comunicado en la web de Presidencia en la madrugada.

“Nosotros también teníamos la información de que se iba a dar a conocer el lunes 30”, dijeron a HOSTELTUR fuentes del sector turístico.

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