Venezuela eleva a 4% la cartera de créditos mínima para el turismo
Publicada 02/03/13
El Ministerio para el Turismo de Venezuela aumentó la cartera mínima obligatoria que las instituciones bancarias deberán destinar a la actividad turística a 4%, sobre el saldo promedio de los cierres de la cartera de créditos para diciembre del 2011 y 2012, según se publica en la Gaceta Oficial N 40.119.
Anteriormente los bancos debían destinar 3% de su cartera de créditos al sector turístico.
Para cumplir con la regla, el Ministerio estableció un cronograma que estipula 2% de la cartera entregada a turismo para el 30 de junio, y el 4% ajustado al 31 de diciembre del 2013.
“Los bancos universales, destinarán de forma exclusiva, el porcentaje mínimo (…) a las operaciones de financiamiento indicadas en el artículo 6 de la Ley de Crédito para el Sector Turismo, así como cualquier otra actividad y servicio que el Ministerio para el Turismo, previo estudio, considere primordial”, informó el diario El Universal.
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