Las agencias online se saltan el cepo cambiario de Argentina
Publicada 17/10/12
La nueva normativa de la Administración argentina obliga a las agencias de viajes a presentar una Declaración Jurada Anticipada de Servicios, en la cual detallarán las prestaciones contratadas en el exterior, como medio de control de la compra de dólares. Ante esta nueva traba, ya son varias agencias online que ofertan viajes desde el exterior, saltándose esa declaración.
Los dólares que usan las agencias de viajes argentinas para pagar a los proveedores en los viajes al extranjero están en la mira del Banco Central argentino, que les pediría más antes de entregarles divisas. Desde que el cepo cambiario se viene acentuando brotan medidas para impedir la salida de divisas. Ahora, los controles apuntan a que las agencias de viajes para que brinden mayor cantidad de información sobre los servicios que contratan a través de la citada declaración.
No obstante, este nuevo requisito está siendo burlado por varias agencias de viajes online que operan desde el exterior de Argentina, y que ofertar viajes a los turistas argentinos sin la declaración jurada que ha puesto en marcha la AFIP.
Desde las redes sociales, algunas agencias de turismo del exterior que operan de manera online empezaron a ofrecer paquetes evitando la presentación de la declaración jurada que puso en marcha la Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina (AFIP) para las agencias de viajes que facturan más de 100.000 dólares al anuales.
La obligación de la declaración jurada entra en vigor el próximo 5 de noviembre. Desde el sector se indica que la norma es difícil de cumplir por muchas agencias y esto generaría que, de no encontrar una modificación, perjudicaría al sector.
Cabe recordar que la Administración argentina implantó hace unos meses una normativa por la que los residente en ese país que quieran comprar moneda extranjera "para atender gastos en concepto de viajes al exterior por razones de salud, estudios, congresos, conferencias, gestiones comerciales, deportes, actividades culturales, actividades científicas o turismo, deberán cumplir previamente con el régimen de información" que establece la AFIP.
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