La acusación incluye al inspector de Trabajo que instruyó el expediente

ERE de Air Europa: imputado por prevaricación el director general de Empleo

Publicada 07/11/12
ERE de Air Europa: imputado por prevaricación el director general de Empleo

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado admitir a trámite la querella por prevaricación presentada en julio pasado por siete pilotos de Air Europa contra el director general de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Arandany, y contra el inspector de Trabajo que instruyó el expediente de regulación de empleo (ERE) que presentó la aerolínea.

De este modo, y pese a lo acordado por el Juzgado de Instrucción número 41 el pasado mes de septiembre, tanto Thibault como el inspector responsable del expediente de regulación de empleo deberán declarar como imputados en esta causa, según se establece en el auto y recoge Europa Press.

La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público, dicte una resolución arbitraria en un asunto dministrativo o judicial, a sabiendas de que es injusta. Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público. Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad y está sancionada por el Derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración. Para que este delito sea punible, debe ser cometido por un servidor o juez en el ejercicio de sus competencias.

En el mes de mayo pasado, la Audiencia Nacional consideró extemporánea la denuncia del Sepla contra el ERE de Air Europa.

La juez Almudena Álvarez dictó auto de inadmisión de esta querella al entender que no se daban los requisitos del delito de prevaricación, por no ser el ERE una actuación manifiestamente contraria al ordenamiento jurídico que requiriera reproche penal. A juicio de la magistrada, el asunto se limitaba a una interpretación disconforme entre ambas partes del artículo 9 del convenio colectivo de la compañía.

Los querellantes apelaron a la Audiencia de Madrid que, en un auto dado a conocer este martes y contra el que no cabe recurso alguno, señala que el Juzgado debe admitir la querella y realizar las pruebas solicitadas por los pilotos.

La Audiencia considera que es posible, como señalaba la juez Álvarez en su auto de inadmisión, que no se haya incurrido en ilegalidad evidente al interpretar la citada norma penal, si bien, a primera vista, el ERE parece haber adoptado un criterio contrario al establecido en el convenio, por lo que "para evitar un cierre en falso" del proceso, debe completarse la investigación y ser oídos los querellados.

Según los pilotos, el ERE violó de forma descarada el orden de prelación por antigüedad invertida fijado en el convenio. Los magistrados Arturo Beltran, Paz Redondo y Pascual Fabiá Mir creen que Thibault y el inspector deben ser escuchados, "tras lo cual la instructora podrá adoptar la decisión que considere oportuna".

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