El aeropuerto de Ciudad Real dispara su deuda por la infravaloración de las expropiaciones
El pasivo se incrementa así de 316 a 529 millones de euros
Publicada 11/01/13El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha fallado a favor de varios de los 57 propietarios de los terrenos expropiados para la construcción del aeropuerto de Ciudad Real, lo que supondrá un incremento de la deuda de la compañía aeroportuaria en más de 213 millones de euros, casi duplicando la cifra inicial de 316 millones hasta los 529 millones de euros.
El aeropuerto de Ciudad Real, cerrado desde mayo de 2012, según publicó HOSTELTUR noticias de turismo, tras estar en concurso de acreedores desde junio de 2010, se asienta sobre 1.874 hectáreas, incluidos los terrenos adyacentes, expropiadas en 2004, cuando tenían la catalogación de suelo rústico.
El TSJCM ha reconocido el derecho reclamado por los propietarios que recurrieron el justiprecio del Jurado Regional de Valoraciones de Castilla-La Mancha a recibir un valor mayor por los terrenos del que en su día fijó ese Jurado, pasando de los 0,5 euros por metro cuadrado en terrenos de secano y 1,2 euros en el caso de que fuera de regadío, a 2,79 euros.
Fuentes judiciales han indicado a Efe que los administradores el aeropuerto han incluido en su informe concursal una previsión de que el conjunto de las reclamaciones eleve la deuda del aeropuerto en 213 millones de euros. Pero el tribunal va incluso más allá y señala que la deuda podría ser aún mayor porque la tasación de algunas de las fincas es “llamativamente baja para un suelo que se califica de urbanizable”.
El Consejo de Administración de CR Aeropuertos ha acordado interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por estas sentencias, alegando que el alto Tribunal ya dictó sentencia a favor del aeropuerto de Castellón en relación a los terrenos expropiados.
Servicio público o aprovechamiento lucrativo
Los dueños del aeropuerto, el primero de iniciativa privada que se construyó en España, alegaron ante la demanda de los propietarios de los terrenos que la Junta de Comunidades declaró el aeropuerto Proyecto de Singular Interés (PSI) y el Gobierno central lo catalogó también de Interés General por ser un “servicio público idéntico en todo a los servicios públicos estatales”.
A este respecto, el Tribunal responde que “mal puede hablarse en este caso de servicio público si ni siquiera existe un acto concesional del mismo para que la sociedad codemandada lo gestione”.
En este sentido, la sentencia concluye en que “sí hay aprovechamiento lucrativo en un suelo rústico” en todos los terrenos dedicados a la zona logística e industrial, aunque sea en un proyecto de interés público.
Más información sobre ésta y otras infraestructuras fantasma en el reportaje '¿Y ahora qué hacemos con esto?', publicado en en la revista Hosteltur de febrero.
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta noticia no tiene comentarios.