La aerolínea considera "no ajustrada a derceho" la sentencia de la AN

Air Nostrum recurrirá ante el Supremo la sentencia de nulidad del ERE

Destaca que la AN no cuestiona la veracidad de las causas del ERE sino hechos de forma

Publicada 11/06/13
Air Nostrum recurrirá ante el Supremo la sentencia de nulidad del ERE

Air Nostrum recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia emitida el pasado 4 de junio por la Audiencia Nacional que declara nulo el expediente de regulación de empleo (ERE), aprobado por la Dirección General de Trabajo en 2012. La sentencia falla sobre una demanda presentada por el Sepla contra el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la compañía Air Nostrum, el Sindicato Independiente, UGT, USO, CCOO, ASETMA y ATMA.

La aerolínea destaca que "la resolución no cuestiona la veracidad de las causas económicas, productivas y organizativas del ERE de aplicación temporal que dieron lugar a su autorización por la Dirección General de Empleo". Agrega que "la propia Abogacía del Estado también se opuso a la demanda del Sepla, considerando que la representación social había dispuesto de toda la documentación legal y reglamentariamente exigida".

Apuntan desde Air Nostrum que, no obstante estos argumentos, "el tribunal ha decidido anular el ERE aduciendo una causa meramente formal: que aunque el Sepla esté legitimado para negociar en representación de los pilotos, no tiene derecho a hacerlo de modo aislado cuando de lo que se trata es de debatir medidas que afectan a un conjunto de trabajadores más amplio. La sentencia se refiere así a que, además de la comisión negociadora del ERTE en la que se integraban todos los representantes con participación en los comités de empresa, el Sepla mantuvo reuniones específicas en una sub comisión para tratar los aspectos que afectaban exclusivamente al colectivo de pilotos".

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Air Nostrum afirma que acata la resolución de la AN pero la recurrirá ante el Tribunal Supremo al estimarla "no ajustada a derecho, ya que el fundamento alegado por la Audiencia Nacional no ha sido cuestionado por ninguna de las partes; todas ellas, incluido el Sepla, estuvieron conformes con el procedimiento de negociación seguido". Incluso acotan que el mismo procedimiento ha sido aplicado en anteriores procesos negociadores de idéntica tramitación.

El Sepla no tenía representantes

Los portavoces de la compañía valenciana recuerdan que en el año 2012, "el Sepla no tenía representantes en el comité de empresa puesto que voluntariamente decidió no concurrir a las anteriores elecciones sindicales".

Agregan que, "pese a ello y para mayor cautela, en el proceso negociador llevado a cabo se tuvo la deferencia de convocar al Sepla con voz pero no con voto a la mesa negociadora", al tiempo que se mantuvieron reuniones específicas para el colectivo de pilotos. Esta fórmula ya había sido utilizada en el ERE de 2009 "y es habitual en las negociaciones de las aerolíneas en las que está presente el Sepla".

La compañía especifica que "el ERTE al que se refiere la sentencia fue planteado por la empresa ante la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social el 08/02/12 (ver: Air Nostrum presenta un ERE temporal para toda la plantilla) por causas económicas, organizativas y técnicas y supone suspensiones contractuales y reducciones de jornada sin despidos, para ajustar la carga de trabajo de la plantilla al descenso de actividad generado por la crisis y mejorar la situación económica de la compañía". Y aclara que no está referida a los procesos de inaplicación de convenios consensuados por la dirección de Air Nostrum con los representantes del 73% de la plantilla el pasado mes de enero.

La aerolínea ha puntualizado que ambas medidas tenían como objeto mejorar la competitividad de la compañía ajustando los costes a la nueva situación de mercado, "seguir trabajando por el futuro y la viabilidad de Air Nostrum".

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