Desestiman la demanda de IAG y British contra el Sepla en Reino Unido
International Airlines Group (IAG) estudia si recurre la decisión
Publicada 20/06/13La Justicia británica ha determinado este miércoles que "no tiene jurisdicción" para dirimir la demanda interpuesta por International Airlines Group (IAG) y British Airways (BA) contra el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) y la Federación International de Asociaciones de Pilotos de Aerolíneas (IFALPA), por las huelgas que el colectivo español llevó a cabo en contra de la creación de Iberia Express, filial de la aerolínea española para el corto y medio radio. El grupo aéreo tendrá que pagar costas por unos 70.000 euros.
En noviembre pasado, British Airways demandó al Sepla ante la Corte Superior de Reino Unido en una demanda conjunta con IAG, reclamando una compensación por los daños financieros y de reputación causados. En España, a principios de marzo, Iberia había demandado ya al Sepla por "huelga ilegal y abusiva" y, posteriormente, un mes después , introdujo sendas demandas contra el Sepla y Stavla por la misma causa.
La demanda contra el sindicato de pilotos se refería tanto a las 36 jornadas convocadas en los meses pasados, desde diciembre, como las 30 que estaban previstas para los meses de abril a julio, con el fin de poder solicitar una compensación económica por “los graves daños causados a la compañía” que, entonces, calculó pérdidas de tres millones de euros cada día de huelga. En un comunicado, el holding resaltó entonces que la demanda "no tiene ninguna relación con el plan de restructuración de Iberia" y explica que se ha presentado al amparo de la legislación Europea, según la cual los grupos de aerolíneas tienen libertad para establecer servicios aéreos en Europa.
La intención de la demanda era que se estableciera que sus derechos fueron vulnerados bajo la normativa de la Unión Europea (UE) . De acuerdo a la normativa de la UE, cualquier huelga que se realice en contra del establecimiento y provisión de servicios aéreos dentro de Europa debe ser "justificada, proporcional y no discriminatoria".
Falta de competencia
En la sentencia, conocida esta mañana, el juez desestima la competencia de la Corte británica sobre la base de que "no se trata de un asunto civil o comercial" y, por tanto, no es de aplicación el Reglamento 44/2001, invocada por las compañías demandantes, que evitar entrar en el resto de supuestos.
La desestimación de la demanda implica el pago de las costas por parte de IAG, que asciende a 60.000 libras esterlinas (unos 70.000 euros), en los próximos 14 días.
IB Express, "un gran éxito"
Tras el fallo, IAG indicó en un comunicado que estudiará "si recurre o no la decisión", que se centra, según dijo, "en si los tribunales de Reino Unido tienen o no competencia para dirimir el caso".
Señalan que "no vamos a pedir disculpas por tratar de proteger a nuestros clientes y accionistas. No vamos a quedarnos quietos y dejar que una pequeña minoría dañe a la empresa en la búsqueda de la protección de sus propios intereses", afirman en la declaración..
Según IAG, las huelgas realizadas por el Sepla han dañado "tanto al negocio como a los intereses de los pasajeros afectados", así como "a la imagen de España". Asimismo, resaltan que "Iberia Express es un gran éxito. Es puntual y rentable, cuenta con una buena acogida entre los clientes y ha creado 500 puestos de trabajo españoles", añadió.
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