Denuncian a Ryanair por impedir la entrada en sus aviones con más de un bulto
Publicada 15/05/12
Ryanair ha sido denunciada por imponer a sus pasajeros entrar al avión con un solo bulto, “una práctica ilegal” que vulnera la Ley de Navegación Aérea que no considera equipaje los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo y, ahora, también enfrenta las nuevas disposiciones del Parlamento Europeo (PE).
Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ha presentado la denuncia contra la low cost irlandesa que impone el pago de 50 euros a quienes llevan encima su ordenador portátil, una cámara de fotos, comida, bebida, revistas, regalos y demás artículos comprados en las tiendas de los aeropuertos o en el exterior e incluso la cartera si no caben en una sola pieza de equipaje de mano.
Ryanair confisca estos artículos y los coloca en la bodega del avión, previo pago de la citada cantidad, salvo que el pasajero opte por perderlos dejándolos en tierra tras haber embarcado.
Asimismo, a finales de marzo el PE planteó establecer medidas comunitarias para eliminar la 'norma' de equipaje "un solo bulto", entre otras que imponen algunas aerolíneas como Ryanair y que son consideradas prácticas abusivas. Incluso, la Eurocámara propuso la creación de una "lista negra" de estas prácticas. El informe fue finalmente aprobado la semana pasada y en él califican de "práctica comercial agresiva", específicamente, la de restringir la cantidad de piezas de equipaje de mano (No más aeropuertos sin pasajeros en Europa).
Contra de varias normativas
Facua denuncia que la empresa se asegura ingresos extra por dos vías: el cobro de equipaje que según la legislación no puede considerarse como tal y la venta de bebida, comida u otros productos en sus aviones que de otra forma no serían adquiridos.
La Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea señala en su artículo 97 que "no se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo".
La norma concreta que "el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos".
"Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos", advierte la norma, "en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave".
En su denuncia, Facua también argumenta que las prácticas de Ryanair, recogidas en sus contratos, son cláusulas abusivas que limitan los derechos de los pasajeros vulnerando las normativas de protección de los consumidores de ámbito estatal y autonómico.
Asimismo, implican un perjuicio para otras empresas, especialmente los establecimientos ubicados en los aeropuertos, que según Facua pueden vulnerar la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Las denuncias han sido remitidas a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Fomento, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) y autoridades de protección al consumidor autonómicas.
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