Las agencias vascas ya no dependen de Madrid
Era la única Comunidad que no tenía las competencias transferidas
Publicada 23/05/12El Gobierno vasco acaba de aprobar un decreto por el que las agencias de viajes que operen en Euskadi se regularán por una normativa propia de esta Comunidad. Cabe recordar que Euskadi era la única Comunidad que no tenía transferidas estas competencias.
Desde que se puso en marcha el Estado de las Autonomías, hace 30 años, las competencias en materia de agencias de viajes fueron siendo asumidas por las Comunidades autónomas, con una excepción: Euskadi. Pero la excepción ya se rompió cuando hace unos meses le fueron transferidas las competencias en esa materia a Euskadi.
Hasta ahora, las agencias de viajes que se daban de alta en el País Vasco, tenían que sacarse la licencia y el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y toda la normativa y regulación que les afecta, depende de la administración central. Al contrario que sus colegas del resto de Comunidades, cuyas competencias en materia de agencias de viajes están asumidas por las Consejerías en las que está adscrito turismo.
A partir de ahora, y según establece el decreto aprobado por el Gobierno vasco -una vez que le han sido transferidas las competencias en esta materia- “tendrán la consideración de agencias de viajes las empresas de las que sean titulares personas físicas o jurídicas que se dedican profesional y comercialmente a la organización o comercialización de viajes combinados”.
La normativa se aplicará a las agencias de viaje domiciliadas en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las que desarrollen su actividad en esta Comunidad, y las que operen a través de internet, cuando la sede se encuentre en Euskadi.
Elimina la exclusividad
Como principales características de la nueva regulación, el Gobierno vasco ha señalado que el decreto mantiene las mismas clases de agencias de viaje -mayoristas, minoristas y mayoristas-minoristas- y los mismos importes de fianza que la normativa estatal derogada en 2010.
Además, regula la actividad online, actualiza los importes del seguro de responsabilidad civil y elimina la anterior exclusividad de las agencias de viaje de manera que estas pueden ampliar su objeto. Por último, esta nueva regulación elimina el anterior requisito de estar en posesión de un determinado capital social.
Desde la entrada en vigor de este Decreto la habitual licencia de apertura quedará sustituida por la Declaración Responsable, aprobada por la ley 7/2012 de 23 de abril (BOPV 84), en la que el empresario reconoce cumplir con toda la legislación aplicable y exigida. La entrada en vigor de este Decreto será a partir de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del País Vasco.
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