Iberia despide a otros dos pilotos por "infracciones muy graves"
Publicada 30/03/12
Iberia ha despedido hoy a otros dos pilotos por “infracción muy grave de sus obligaciones como empleados de esta compañía” y ha aludido al Estatuto de los Trabajadores y al Convenio Colectivo.
Ya son seis los pilotos despediodos por la compañía. A finales de febrero, sus portavoces informaron de que Iberia había abierto expedientes disciplinarios a 19 pilotos y uno de ellos había sido despedido. Entonces, el Sepla acusó a Iberia de incumplir la Ley de Seguridad Aérea y de estar imponiendo a sus pilotos prácticas ilegales en cuanto al reglamento sobre jornada de trabajo y tiempos de descanso. Posteriormente, se informó de que Iberia despedía a otro piloto "por negarse a operar vuelos asignados" y luego se anunció el despido de un tercer piloto cuando El Sepla convocó 24 nuevas jornadas de huelga en Iberia y la aerolínea demandó al Sepla por "huelga ilegal y abusiva".
En esta oportunidad, la dirección de la aerolínea ha tomado la decisión, según explica en un comunicado, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.2 b) y d) del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 173,22 del Convenio Colectivo. Uno de los despidos también atañe al artículo 172,3 del Convenio.
"Uno de los pilotos se negó de forma reiterada a aceptar los servicios asignados, en este caso, servicio de imaginaria, cuando se encontraba en periodo de incidencias -mes en el que los pilotos no tienen programado ningún vuelo pero están a disposición de la compañía para una eventual asignación de servicios-.
Según los portavoces de Iberia, el segundo piloto despedido también se negó a aceptar el servicio de imaginaria cuando estaba en incidencias "y, además, se negó a realizar un vuelo en el horario establecido, sin ninguna razón que lo justificara".
"La justicia ha dado la razón a Iberia"
La compañía recuerda que, en los dos procedimientos judiciales celebrados hasta ahora por asuntos similares, "es decir, por la negativa de pilotos a aceptar los servicios asignados en periodo de incidencias, la justicia ha dado la razón a Iberia, estableciendo que las instrucciones dadas por la compañía han sido acordes con la legislación vigente y con el convenio colectivo", puntualizan.
Demanda en la Audiencia Nacional
Por su parte, el Sepla presentó una demanda contra la compañía por "el cambio unilateral en la interpretación de la Ley de Seguridad Aérea y el Convenio Colectivo de los pilotos que regula el tiempo de descanso de las tripulaciones antes de un vuelo".
El sindicato ha señalado que esta interpretación es precisamente lo que está motivando las sanciones a los pilotos y, en algunos casos, la suspensión de empleo y sueldo, y los juzgados de lo Social "no han juzgado ni estimado, en ningún caso, que la norma que está aplicando la empresa sea correcta o no". Este asunto será visto por la Audiencia Nacional y, en caso de una sentencia favorable a los demandantes, las sentencias de los juzgados de lo social quedarían sin efecto, según fuentes del Sepla.
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